Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/287281
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 287281
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo IX; Pág. 255
LEYES DEL PERIODO PRECONSTITUCIONAL.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo IX; Pág. 255
Es ya jurisprudencia establecida, que las leyes que se dictaron en periodo preconstitucional y que no pugnen con los preceptos de la Constitución que rige, deben considerarse vigentes.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión. Colina Evaristo y coagraviados. 4 de agosto de 1921. Unanimidad de nueve votos. Los Ministros José M. Mena y Alberto M. González no intervinieron en este asunto, por las razones que se expresan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.