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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 287283
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo IX; Pág. 255
LIBERTAD DE PROFESIONES.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo IX; Pág. 255
Los Estados de la Federación tienen facultades para determinar que profesiones necesitan título para su ejercicio, las condiciones que deben llenarse para obtenerlo y las autoridades que han de expedirlo.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión. Colina Evaristo y coagraviados. 4 de agosto de 1921. Unanimidad de nueve votos. Los Ministros José M. Mena y Alberto M. González no intervinieron en este asunto, por las razones que se expresan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Véase: Semanario Judicial de la Federación, Quinta Parte, Tomo VII, página 499, tesis de rubro "LIBERTAD DE PROFESIONES.".