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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 287298
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo IX; Pág. 308
JUICIOS SUCESORIOS.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo IX; Pág. 308
Los interesados en ellos podrán separarse de la prosecución del juicio y adoptar los acuerdos que estimen convenientes para el arreglo de la sucesión, cuando los herederos sean mayores y el interés del fisco, si lo hubiere, esté cubierto.
Precedentes
Amparo civil en revisión. Castillo Luis F., sucesión de, y coagraviada. 11 de agosto de 1921. Mayoría de nueve votos en cuanto a la primera proposición. Disidentes: Gustavo A. Vicencio y Antonio Alcocer. Mayoría de ocho votos por lo que ve a la segunda proposición. Disidente: Alberto M. González. Ausentes: Agustín Urdapilleta y José M. Mena en la segunda sesión. La publicación no menciona el nombre del ponente.