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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 287319
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo IX; Pág. 357
CONSTITUCIONES LOCALES.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo IX; Pág. 357
La sociedad y el Estado están interesados en el cumplimiento de los preceptos fundamentales que una entidad federativa, en uso de su soberanía, se haya impuesto, y, por tanto, es improcedente conceder la suspensión contra el cumplimiento de tales preceptos.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión. Azcárate Cristóbal. 19 de agosto de 1921. Unanimidad de nueve votos. Ausentes: Alberto M. González y José M. Mena. La publicación no menciona el nombre del ponente.