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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 287346
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo IX; Pág. 428
ESCUELAS CORRECCIONALES.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo IX; Pág. 428
La facultad de la suprema autoridad administrativa para internar a los menores en la escuela correccional, solamente está autorizada cuando el menor internado no tiene familia con quien vivir, ni modo de ganarse la vida por su propio esfuerzo, a menos que se trate del castigo de un delito.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión. Ramírez Bulmaro. 27 de agosto de 1921. Unanimidad de ocho votos. Ausentes: Alberto M. González, José M. Mena y Agustín Urdapilleta. La publicación no menciona el nombre del ponente.