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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 287374
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo IX; Pág. 518
LANZAMIENTO.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo IX; Pág. 518
Aun cuando se haya ejecutado, no es un acto irreparable para los efectos del amparo, porque de concederse la protección federal, el quejoso puede ser restituido en la casa de que ha sido lanzado.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del auto de sobreseimiento. Orozco Víctor. 7 de octubre de 1921. Unanimidad de nueve votos. Los Ministros Alberto M. González y Adolfo Arias no votaron en este asunto, por las razones que se expresan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.