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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 287383
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo IX; Pág. 552
COMPETENCIA EN MATERIA PENAL.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo IX; Pág. 552
Queda determinada por las circunstancias que concurrieron en el delincuente y en el hecho que constituye el acto delictuoso, en tiempo en que se ejecutó éste, y no puede variar por circunstancias posteriores, ajenas notoriamente, al acto que constituyó el delito.
Precedentes
Competencia en materia penal. Suscitada entre los Jueces Segundo Supernumerario de Distrito, del Distrito Federal y Quinto de Instrucción Militar de la plaza de México. 24 de octubre de 1921. Unanimidad de ocho votos. Ausentes: Agustín Urdapilleta, Alberto M. González y Benito Flores. La publicación no menciona el nombre del ponente.