Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/287406
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 287406
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo IX; Pág. 603
PARTES EN EL JUICIO DE AMPARO.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo IX; Pág. 603
Deben ser consideradas como tales, las personas que hayan gestionado el acto contra el que se pide amparo, cuando se trata de providencias dictadas por autoridades distintas de las judiciales.
Precedentes
Queja en amparo administrativo. Gómez Haro Enrique. 7 de noviembre de 1921. Unanimidad de ocho votos. Ausentes: Antonio Arias, Benito Flores y Patricio Sabido. La publicación no menciona el ponente.