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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 287410
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo IX; Pág. 613
SUPLICA.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo IX; Pág. 613
Sólo procede respecto de sentencias de segunda instancia, dictadas en controversia del orden civil, en las que sólo se afecten intereses particulares y cuando se trate de jurisdicción concurrente.
Precedentes
Recurso de súplica. Revisión del auto que desechó la demanda. Montes Tomás S. 14 de noviembre de 1921. Unanimidad de ocho votos. Los Ministros Alberto M. González, Benito Flores e Ignacio Noris, no estuvieron presentes, por las razones que constan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.