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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 287416
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo IX; Pág. 623
SUPLICA.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo IX; Pág. 623
La procedencia del recurso de súplica no excluye la del amparo, pudiendo las partes interesadas hacer uso de cualquier de ellos a su elección, cuando el primero proceda, y no pueda alegarse como causa de improcedencia del amparo, el que contra la sentencia recurrida proceda la súplica.
Precedentes
Amparo civil directo. Arizona México Land Co., S. A. 15 de noviembre de 1921. Unanimidad de ocho votos. Ausentes: Antonio Arias y Benito Flores. La publicación no menciona el nombre del ponente.