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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 287434
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo IX; Pág. 669
JURISDICCION VOLUNTARIA.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo IX; Pág. 669
Las resoluciones que en esa vía dicten los Jueces, en ningún sentido pueden ligarlos para que, después, estén impedidos de dictar otras en sentido contrario, supuesto que tales resoluciones se dictan sin perjuicio de los derechos de tercero.
Precedentes
Impedimento alegado contra el Juez de Distrito de Yucatán. Cirerol Manuel. 3 de diciembre de 1921. Mayoría de cinco votos. Disidentes: Alberto M. González, Antonio Arias, Patricio Sabido y Enrique Moreno. Ausentes: Benito Flores y Gustavo A. Vicencio