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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 287437
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo IX; Pág. 682
EJECUCION DEL AUTO DE SUSPENSION.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo IX; Pág. 682
No es a la Suprema Corte de Justicia a quien corresponde ejecutar el auto de suspensión dictado en un juicio de garantías, promovido ante un Juez de Distrito, sino a este funcionario.
Precedentes
Queja en amparo civil. Audiffred viuda de Manuel Luisa. 14 de diciembre de 1921. Unanimidad de ocho votos. Ausentes: Enrique Moreno, Agustín Urdapilleta y Adolfo Arias. La publicación no menciona el nombre del ponente.