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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 287472
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VIII; Pág. 52
ESCRITURAS CONSTITUTIVAS DE SOCIEDADES MERCANTILES.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VIII; Pág. 52
Son motivos de nulidad de las escrituras constitutivas de las sociedades mercantiles, entre otros, la falta de valorización de las aportaciones; la falta de expresión de la totalidad del capital social; el no indicar la naturaleza y el valor nominativo de las acciones correspondientes a la aportación; el no expresar quién o quiénes suscriben las acciones en que se divide el capital consistente en numerario; requisitos todos exigidos por el artículo 25 del Código de Comercio.
Precedentes
Amparo civil en revisión. Compañía Minera de Naica, S.A. 6 de enero de 1921. Mayoría de seis votos. Disidentes: Alberto M. González, Benito Flores, Antonio Alcocer y Enrique Moreno. La publicación no menciona el nombre del ponente.