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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 287500
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VIII; Pág. 185
ACTOS NEGATIVOS.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VIII; Pág. 185
Contra ellos es improcedente conceder la suspensión, porque ésta no puede extenderse a obligar a la autoridad responsable a que ejecute determinados actos, porque tal cosa sólo puede ser materia de la sentencia que concede el amparo.
Precedentes
Amparo penal. Revisión del incidente de suspensión. Orozco Teódulo. 8 de enero de 1921. Unanimidad de diez votos. Ausente: Patricio Sabido. La publicación no menciona el nombre del ponente.