Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/287509
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 287509
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VIII; Pág. 197
CIRCUNSTANCIAS ATENUANTES.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VIII; Pág. 197
Si no existe prueba alguna que las justifique, no importa violación de garantías, el hecho de no tomarlas en consideración en la sentencia.
Precedentes
Amparo penal directo. Grijalva Santiago. 12 de enero de 1921. Unanimidad de diez votos. Ausente: Agustín Urdapilleta. La publicación no menciona el nombre del ponente.