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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 287510
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VIII; Pág. 197
PROTECCION CONSTITUCIONAL.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VIII; Pág. 197
Es improcedente concederla cuando no existan los hechos que se dicen violatorios de garantías.
Precedentes
Amparo penal directo. Grijalva Santiago. 12 de enero de 1921. Unanimidad de diez votos. Ausente: Agustín Urdapilleta. La publicación no menciona el nombre del ponente