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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 287513
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VIII; Pág. 213
IDENTIDAD DE DEMANDAS DE AMPARO.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VIII; Pág. 213
Cuando fueren idénticas las demandas de amparo interpuestas ante dos Jueces de Distrito, por ser los mismos, el quejoso, la autoridad responsable y el acto que se reclama, y ambos Jueces tuvieren competencia jurisdiccional, deberá conocer del juicio respectivo del Juez que previno.
Precedentes
Competencia en amparo. Suscitada entre los Jueces Segundo y Sexto Supernumerarios de Distrito, del Distrito Federal. 24 de enero de 1921. Unanimidad de ocho votos. Los Ministros Enrique Moreno, Ernesto Garza Pérez y Urdapilleta no votaron en la resolución de este asunto, por las razones que constan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.