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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 287519
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VIII; Pág. 223
SUSPENSION.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VIII; Pág. 223
Es improcedente concederla cuando con ella se causan perjuicios a la sociedad o al Estado, aun cuando la ejecución del acto que se reclama, cause perjuicios al quejoso.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión. Escandón José G. 26 de enero de 1921. Mayoría de seis votos. Ausentes: Adolfo Arias, Ernesto Pérez Garza y Enrique Moreno. Disidentes: Benito Flores y Antonio Alcocer. La publicación no menciona el nombre del ponente.