Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/287534
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 287534
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VIII; Pág. 253
PERSONAS MORALES.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VIII; Pág. 253
Aquellas que conforme a la ley no gozan de una entidad jurídica distinta de la que tienen los individuos que la forman, carecen de personalidad para reclamar la violación de garantías en juicio de amparo, a nombre de sus miembros.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión. Ambriz Carlos y coagraviados. 31 de enero de 1921. Unanimidad de nueve votos. Los Ministros Alberto M. González y Gustavo A. Vicencio no intervinieron en la resolución de este asunto, por las razones que constan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.