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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 287548
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VIII; Pág. 274
MOLESTIAS A PARTICULARES.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VIII; Pág. 274
Las que se originan en el cumplimiento de la ley, no pueden reclamarse como violatorias de garantías.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión. Guerrero Eligio. 2 de febrero de 1921. Unanimidad de nueve votos. Ausentes: Alberto M. González y Adolfo Arias. La publicación no menciona el nombre del ponente.