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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 287560
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VIII; Pág. 302
SENTENCIAS CIVILES.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VIII; Pág. 302
Debe resolver únicamente sobre los puntos que son materia de la litis contestatio, sin poder extender su acción a actos que no han sido materia del juicio, ni mucho menos afectar derechos de personas extrañas a la contienda.
Precedentes
Amparo civil en revisión. Carretero de Souza Virginia. 7 de febrero de 1921. Mayoría de seis votos. Disidentes: Agustín Urdapilleta, Ernesto Garza Pérez, Gustavo A. Vicencio, Antonio Alcocer y Enrique Moreno. La publicación no menciona el nombre del ponente.