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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 287568
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VIII; Pág. 323
FUERZAS DE SEGURIDAD EN LOS ESTADOS.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VIII; Pág. 323
Por más que las leyes de los Estados declaren que dichas fuerzas quedan sujetas a las prescripciones de la Ley Orgánica de la Ordenanza General del Ejército, los individuos pertenecientes a esas fuerzas no pueden ser considerados como soldados de la Federación.
Precedentes
Competencia negativa en materia penal. Suscitada entre los Jueces de Distrito del Estado de Hidalgo y Tercero de Instrucción Militar de la plaza de México. Jiménez Pablo y coagraviado. 10 de febrero de 1921. Mayoría de nueve votos. El Ministro Alberto M. González no votó en este asunto, por las razones que constan en el acta del día. Disidente: Ernesto Garza Pérez. La publicación no menciona el nombre del ponente.