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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 287587
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VIII; Pág. 369
SENTENCIA DE AMPARO.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VIII; Pág. 369
Sólo puede resolverse sobre los motivos de queja expuestos en la demanda respectiva, por más que puedan existir violaciones constitucionales por capítulos que no han sido alegados por el quejoso.
Precedentes
Amparo penal en revisión. Amascal Rodrigo. 14 de febrero de 1921. Unanimidad de diez votos. Ausente: Enrique Moreno. La publicación no menciona el nombre del ponente.