Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/287601
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 287601
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VIII; Pág. 400
ADEUDOS AL FISCO.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VIII; Pág. 400
El pago de los que no tienen por origen impuestos, multas u otros cobros fiscales, pueden suspenderse mediante fianza, en vez de depósito, entre tanto se resuelve el juicio de garantías.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del auto de suspensión. Mucel Joaquín. 21 de julio de 1920. Unanimidad de diez votos. Ausente: Antonio Alcocer. La publicación no menciona el nombre del ponente.