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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 287612
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VIII; Pág. 419
QUEJA CONTRA LOS JUECES DE DISTRITO.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VIII; Pág. 419
La queja contra omisiones en el procedimiento, cometidas por los Jueces de Distrito en asuntos distintos de los juicios de amparo, deben ser resueltas por los Magistrados de Circuito, y no por la Suprema Corte.
Precedentes
Queja en materia penal. Barroso Enríquez Manuel. 24 de febrero de 1921. Resolutor: Enrique Moreno.