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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 287617
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VIII; Pág. 430
AUTORIDADES EJECUTORAS.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VIII; Pág. 430
Los actos de las autoridades ejecutoras, relativos a mandamientos que se ajustan a la ley, no pueden considerarse violatorios de garantías.
Precedentes
Amparo penal directo. Valdés Luis y coagraviados. 25 de febrero de 1921. Mayoría de cinco votos. Ausente: Patricio Sabido. Excusa: Gustavo A. Vicencio. Disidentes: Benito Flores, Ernesto Garza Pérez, José María Mena y Antonio Alcocer. La publicación no menciona el nombre del ponente.