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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 287626
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VIII; Pág. 442
MALVERSACION DE FONDOS.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VIII; Pág. 442
Si bien el delito de malversación de fondos pertenecientes a la nación puede tener el carácter de delito común, si tal hecho cabe dentro de la clasificación del artículo 338 del Código Penal Militar, debe considerarse como un delito del fuero de guerra.
Precedentes
Competencia en materia penal. Suscitada entre los Jueces de Distrito de Quintana Roo e Instructor Militar de Payo Obispo. Segura Gustavo. 28 de febrero de 1921. Mayoría de cinco votos. Ausentes: Adolfo Arias, Enrique Moreno y Agustín Urdapilleta. Disidentes: Patricio Sabido, Gustavo A. Vicencio y Antonio Alcocer. La publicación no menciona el nombre del ponente.