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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 287634
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VIII; Pág. 463
RECURSOS PENDIENTES.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VIII; Pág. 463
La circunstancia de existir un recurso pendiente ante los tribunales ordinarios, contra el fallo que se reclama en amparo, hace improcedente éste.
Precedentes
Amparo penal. Revisión del auto que desechó la demanda. Parral de Rodríguez Antonia. 2 de marzo de 1921. Unanimidad de ocho votos. Los Ministros Enrique Moreno, Benito Flores y Alberto M. González no votaron en este asunto, por las razones que constan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.