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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 287666
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VIII; Pág. 525
DELITOS.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VIII; Pág. 525
Su castigo corresponde a las autoridades del orden judicial y no a las administrativas.
Precedentes
Amparo penal en revisión. Noya María. 10 de marzo de 1921. Mayoría de siete votos. Ausentes: Agustín Urdapilleta, Enrique Moreno y Benito Flores. Disidente: Antonio Alcocer. La publicación no menciona el nombre del ponente.