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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 287682
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VIII; Pág. 561
PROFESORES DE INSTRUCCION PRIMARIA.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VIII; Pág. 561
La remoción de los profesores de instrucción primaria, sin estricto apego a lo que manda el artículo 33 de la Ley de Organización del Distrito y Territorios Federales, importa una violación de garantías.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión. Campero María Guadalupe C. 14 de marzo de 1921. Unanimidad de ocho votos. Los Ministros Alberto M. González, Benito Flores y Agustín Urdapilleta no intervinieron en la resolución de este asunto, por las razones que constan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.