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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 287683
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VIII; Pág. 561
REMOCION DE EMPLEADOS.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VIII; Pág. 561
Si bien es cierto que la Ley de Organización del Distrito y Territorios Federales, autoriza a los Ayuntamientos para remover libremente a los empleados municipales, también lo es que esa ley manda que tal facultad sólo debe usarse cuando por las leyes no esté determinada de una manera expresa, cómo debe efectuarse la remoción.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión. Campero María Guadalupe C. 14 de marzo de 1921. Unanimidad de ocho votos. Los Ministros Alberto M. González, Benito Flores y Agustín Urdapilleta no intervinieron en la resolución de este asunto, por las razones que constan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.