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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 287688
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VIII; Pág. 670
SUSPENSION.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VIII; Pág. 670
Debe concederse cuando el acto reclamado causa daños o perjuicios a la sociedad y al quejoso.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión. Montoya Alfredo G. y coagraviados. 2 de abril de 1921. Mayoría de siete votos. Los Ministros Enrique Moreno, Benito Flores y Alberto M. González no intervinieron en este asunto,por las razones que constan en el acta del día. Disidente: Ignacio Noris. La publicación no menciona el nombre del ponente.