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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 287698
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VIII; Pág. 587
SUSPENSION.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VIII; Pág. 587
Cuando con ella no se originen, perjuicios a la sociedad o al Estado y sean de difícil reparación los que se causen al quejoso la ejecución del acto, procede conceder la suspensión previa fianza, para garantizar los perjuicios que pueden ocasionarse a tercero.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión. Salceda Echave Hermanos. 18 de mayo de 1921. Unanimidad de ocho votos. Ausentes: Enrique Moreno, Benito Flores y Alberto M. González. La publicación no menciona el nombre del ponente.