Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/287745
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 287745
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VIII; Pág. 689
PECULADO.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VIII; Pág. 689
Para que el delito de peculado exista, se requiere que haya la distracción de un objeto o valor; que sea hecha por un funcionario público o persona encargada de un servicio público y que hubiera recibido el objeto distraído por razón de su comisión; que la distracción se haga para usos privados, propios o ajenos, y que sea dolosa.
Precedentes
Amparo penal en revisión. Flores Trinidad W. 7 de marzo de 1921. Unanimidad de nueve votos. Ausentes: Agustín Urdapilleta y Enrique Moreno. La publicación no menciona el nombre del ponente.