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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 287774
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VIII; Pág. 760
CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE MEXICO, EN MAYO DE 1920.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VIII; Pág. 760
Este Concejo que fue designado por las autoridades militares que originaron el cambio político registrado en esa época, tuvo carácter de transitorio, y, por consiguiente, sus disposiciones, nombramientos, etcétera, fueron dados con el carácter de provisionales; por tanto, los Jueces designados por ese Concejo, pudieron ser removidos sin atenerse a lo dispuesto por el artículo 17 de la Ley Orgánica de los Tribunales del Fuero Común, en el Distrito y Territorios Federales.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión. Nagore Mariano. 13 de abril de 1921. Unanimidad de nueve votos. Los Ministros Enrique Moreno y Benito Flores no intervinieron en este asunto, por las razones que constan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.