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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 287791
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VIII; Pág. 795
LIBERTAD PERSONAL.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VIII; Pág. 795
No hay temeridad en usar de los medios legales para defender la libertad personal, y por tanto, no procede la imposición de la multa por el amparo infundado que a ella se refiere.
Precedentes
Amparo penal en revisión. Flores Cipriano. 19 de abril de 1921. Unanimidad de ocho votos. Ausentes: Enrique Moreno y Agustín Urdapilleta. La publicación no menciona el nombre del ponente.