Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/287795
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 287795
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VIII; Pág. 805
IMPEDIMENTOS.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VIII; Pág. 805
En los casos de impedimento, los Jueces de Distrito procederán conforme a lo que previene el artículo 38 de la Ley de Amparo y no como está mandado para los casos en que se dispute la competencia.
Precedentes
Competencia en amparo. Suscitada entre los Jueces de Distrito de Tehuantepec y de Oaxaca. Nieto Angel. 21 de abril de 1921. Unanimidad de ocho votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.