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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 287826
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VIII; Pág. 890
SOBRESEIMIENTO.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VIII; Pág. 890
El que se funde, no en la comprobación de hechos que lo ameriten, sino en la simple suposición de la existencia de esos hechos, es improcedente.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión. Rangel Esteban. 4 de mayo de 1921. Unanimidad de diez votos. Ausente: Enrique Moreno. La publicación no menciona el nombre del ponente.