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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 287844
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VIII; Pág. 942
CALUMNIA JUDICIAL.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VIII; Pág. 942
Tratándose de persona ajena a la ciencia del derecho, es lógico estimar que la acusación por injurias, basada en la expresión injuriosa en un escrito presentado o en un discurso pronunciado ante los tribunales, no es calumniosa, por el desconocimiento que tiene de la índole jurídica de estos actos.
Precedentes
Amparo penal en revisión. Cantoral Tirso. 14 de mayo de 1921. Unanimidad de ocho votos. Ausentes: Enrique Moreno, Gustavo A. Vicencio y Patricio Sabido. La publicación no menciona el nombre del ponente.