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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 287851
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VIII; Pág. 964
BAJA EN EL EJERCITO.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VIII; Pág. 964
Si bien puede estimarse como una pena el dar de baja en el Ejército a un militar, esa pena no puede nunca ser tenida como de las infamantes a que se refiere el artículo 22 de la Constitución.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión. Vera Carlos G. 18 de mayo de 1921. Unanimidad de nueve votos. Los Ministros Enrique Moreno y Gustavo A. Vicencio no intervinieron en la resolución de este asunto, por las razones que constan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.