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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 287876
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VIII; Pág. 1022
LEYES NULAS.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VIII; Pág. 1022
Aun cuando se tenga por nula una ley, si la dictada por autoridades legítimas y que reforma la ley nula, contiene preceptos claros que deben obedecerse por su propia naturaleza, no importa violación de garantías la aplicación de la ley reformatoria.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión. Castañón Carlos. 16 de junio de 1921. Mayoría de ocho votos. Ausente: Agustín Urdapilleta. La publicación no menciona el nombre del ponente.