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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 287886
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VIII; Pág. 1051
REOS PROFUGOS.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VIII; Pág. 1051
El hecho de que un reo se sustraiga a la acción de la justicia, no hace cesar los efectos del acto reclamado, consistentes en el auto de formal prisión; pues negado el amparo y reaprehendido el reo, nuevamente bajo el auto de prisión preventiva dictado en su contra, si no ha sido revocado por autoridad competente.
Precedentes
Amparo penal en revisión. Rosas Alberto. 22 de junio de 1921. Unanimidad de once votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.