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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 287891
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VIII; Pág. 1071
ORDENANZAS MUNICIPALES EN COLIMA.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VIII; Pág. 1071
Conforme a ellas, la suspensión del tesorero municipal debe acordarse por el Ayuntamiento, en sesión plena, previo dictamen de la comisión del ramo y discusión y aprobación del mismo, y la suspensión acordada en otra forma, importa una violación de garantías.
Precedentes
Amparo administrativo en revisión. Ceballos Rafael C. 27 de junio de 1921. Unanimidad de nueve votos. Ausentes: Alberto M. González y Agustín Urdapilleta. La publicación no menciona el nombre del ponente.