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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 287903
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VIII; Pág. 1097
PRUEBA PRESUNCIONAL.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VIII; Pág. 1097
Y aun cuando los hechos en que se funda la prueba de presunciones, por sí solos y aisladamente, no bastaren para establecer una demostración plena, es suficiente dicha prueba, si el enlace natural de tales hechos, entre sí, trae la convicción íntima del hecho que se pretende probar.
Precedentes
Recurso de súplica. "La Piedad", S. A. 24 de enero de 1921. Mayoría de seis votos. Ausentes: Enrique Moreno y Ernesto Garza Pérez. Disidentes: Benito Flores, Antonio Alcocer y José María Mena. La publicación no menciona el nombre del ponente.