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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 287932
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VII; Pág. 102
ORDEN DE APREHENSION.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VII; Pág. 102
Si no se ajusta a lo prevenido por el artículo 16 constitucional, importa una violación de garantías.
Precedentes
Amparo penal en revisión. Grayeb Julián. 2 de julio de 1920. Unanimidad de ocho votos. Los Ministros Alberto M. González, Agustín Urdapilleta y Antonio Alcocer, no asistieron a la sesión, por las razones que se expresan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.