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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 287934
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VII; Pág. 107
DISPOSICIONES PENALES.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VII; Pág. 107
Al interpretarlas, debe tenerse cuenta con la equidad, más bien que con el rigor del derecho, aplicando la regla de que, en materia favorable deben tomarse las palabras de la ley, siguiendo su más amplia y extensa significación.
Precedentes
Amparo penal en revisión. Pérez José María. 2 de julio de 1920. Unanimidad de ocho votos. Los Ministros Alberto M. González, Agustín Urdapilleta y Antonio Alcocer no asistieron a la sesión, por las razones que se expresan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.