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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 287942
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VII; Pág. 123
LANZAMIENTO.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VII; Pág. 123
Es improcedente decretarlo cuando el inquilino demuestra que está al corriente en el pago de sus rentas, o con apoyo en un contrato de arrendamiento que ha sido novado y que, por tanto, carece de vigor.
Precedentes
Amparo civil en revisión. Martínez Anaya Agustín. 3 de julio de 1920. Unanimidad de ocho votos. Los Ministros Alberto M. González, Agustín Urdapilleta y Antonio Alcocer no asistieron a la sesión, por las razones que se expresan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.