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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 287963
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VII; Pág. 148
PROCEDIMIENTO PENAL.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VII; Pág. 148
Es improcedente conocer la suspensión que tienda a impedir los procedimientos encaminados a la averiguación de los delitos, o al aseguramiento de la cosa objeto del delito.
Precedentes
Amparo penal. Revisión del auto de suspensión. Vaqueiro Manuel. 5 de julio de 1920. Unanimidad de nueve votos. Los Ministros Alberto M. González y Antonio Alcocer no asistieron al acuerdo por las razones que constan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.