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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 287986
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VII; Pág. 203
APRECIACION DE LA PRUEBA.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VII; Pág. 203
La que hacen los tribunales en uso de la facultad soberana que la ley les concede, sin apegarse a las leyes que regulan la prueba, importa una violación del artículo 14 constitucional.
Precedentes
Amparo penal directo. Suárez Francisco. 9 de julio de 1920. Unanimidad de ocho votos. Excusa: José María Mena. Ausentes: Alberto M. González y Antonio Alcocer. La publicación no menciona el nombre del ponente.