Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/288043
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 288043
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VII; Pág. 306
INSUBORDINACION.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo VII; Pág. 306
Comete el delito de insubordinación, el militar o asimilado que, con palabras, ademanes, señas o gestos, o de cualquier otra manera, falte al respeto o sujeción debidos a un superior en categoría o mando, que porta sus insignias, o a quien conozca o deba conocer personalmente.
Precedentes
Amparo penal en revisión. Chiu Francisco. 14 de julio de 1920. Unanimidad de ocho votos. Ausentes: Alberto M. González, Antonio Alcocer y Agustín Urdapilleta. La publicación no menciona el nombre del ponente.